Aunque no sabe a quién se dirige, porque Fuentes usurpa un nombre que no es el suyo, el respeto que debe a la justicia lo obliga a refutar varios errores en que aquél incurrió en carta del 22 de septiembre. En primer lugar, la calumnia contra los Gabriel y Emilio Islas al afirmar que obtuvieron sus títulos profesionales por medio de las liviandades de sus hermanas y que Emilio se vale de "todo género de picardías" para enriquecerse, tal como la de volver loco al doctor Schultz. En forma tajante asegura que los Islas obtuvieron sus títulos de abogado con total arreglo a la ley. Eduardo Islas defendió a Schultz y sostuvo que estaba en su entero juicio, cuando Refugio Rincón Gallardo, su mujer legítima, pidió a la justicia la interdicción legal de su marido. Pretende que remueva a Emilio Islas como juez federal, lo que demuestra su ignorancia de las leyes, pues ningún juez o magistrado puede ser removido sin causa justificada en el juicio respectivo (art. 47 de la Ley Juárez del 23 de noviembre de 1855 y art. 3º del decreto del 1º de junio de 1878). Asimismo, Fuentes censura al juez de distrito del estado de Hidalgo, Eduardo Torres Torija [que conoce del juicio contra los monederos falsos], debido a que es intimidado por los criminales Silviano Gómez y socios por medio de una recusación. Dichos reos usaron el derecho que les concede el art. 28 de la ley del 22 de mayo de 1834 y aquel juez cumplió con su deber al darse por recusado. También ataca al promotor Arturo Martínez Cáceres sin ningún fundamento. En fin, cuando Fuentes quiera ayudar a la buena administración de justicia, debe respetar la verdad y tener el valor de opinar con su verdadero nombre, sin ocultarse bajo un seudónimo. Esta circunstancia "me obliga a usar un lenguaje que no acostumbro emplear en mi correspondencia particular". |
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Palabras clave |
Calumnia, Gabriel María Islas, Emilio Islas, Juicio, Litigio, Refugio Rincón Gallardo, Monederos falsos, Fábrica de moneda falsa, Delito, Eduardo Torres Torija, Silviano Gómez, Arturo Martínez Cáceres |