No es de libre provisión la plaza de juez menor, cuya vacante resultó por fallecimiento de [Luis] Rivera Melo. Para hacer tal nombramiento, la ley previene que el Tribunal Superior haga la propuesta por medio de una terna. Por lo mismo, no depende de él complacer su petición. |
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Palabras clave |
Empleo, Vacante, Juzgado, Fallecimiento, Luis Rivera Melo, Tribunal Superior de Justicia, Terna |