Desea respetar el reglamento de la Junta protectora de cárceles del 10 de febrero de 1874, el cual concede al gobernador del Distrito Federal la facultad de nombrar al escribiente de dicha junta. Así pues, la persona que desempeña dicha plaza presentó su renuncia y por ello suplica que conceda el empleo a Miguel Montes, muy honrado y capaz de desempeñarlo. Si accede a esta súplica, pide que se lo haga saber oficialmente para darlo a conocer al secretario de Gobernación [Carlos Díez Gutiérrez] y pedir las órdenes respectivas para que el sueldo de 30 pesos sea pagado de los fondos municipales. |
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Palabras clave |
Reglamento, Junta protectora de cárceles, Cárcel, Distrito Federal, Recomendación, Empleo, Renuncia, Salario, Miguel Montes, Secretaría de Gobernación, Carlos Díez Gutiérrez |