No es conveniente que insista en pretender el Tribunal de Circuito de Puebla; la Corte tiene mala opinión del juez de distrito de Puebla y es difícil que autorice la permuta pretendida por Enciso. Las permutas se presentan a la Corte y si ésta las aprueba se elevan al Ejecutivo para a su vez aprobarlas. Esto es así, porque siendo la Corte y el Ejecutivo los que hacen los nombramientos de los empleados judiciales, proponiendo ternas la primera y eligiendo de éstas el segundo, las permutas deben ser aprobadas por ambos para su legalidad y validez. Aconseja, por el bien de su salud, abandonar su residencia en Veracruz dirigiéndose al efecto a los jueces de distrito de Tlaxcala y de San Luis Potosí, para proponerles la permuta de empleos. La Corte recibirá bien la permuta con cualquiera de estos jueces. México. |