Agradecerá que ponga en libertad a Antonio Ledesma, detenido por hallarse en su poder una yegua ajena. Si es un delincuente debe consignarlo al juez, pero de ninguna manera puede prolongar su detención contra lo prevenido en el art. 19 de la Constitución federal. Ledesma teme ser consignado al servicio de las armas, pero esto sería contrario a las leyes que determinan la manera de hacer recluta para el servicio del ejército nacional. No escribe al gobernador Simón Cravioto, porque siendo claro el derecho de Ledesma de ser restituido a su libertad o consignado al juez competente, está seguro que Toledano, sin necesidad de orden superior, optará por una de esas dos posibilidades. |