Solicita que se esmere para que quede bien hecha la escritura de Taxhidó, Pathé el Grande y Manhuaní. El prefecto [Félix Anaya] incurrió en el error de otorgar la escritura él mismo ante su secretario, lo cual no está permitido por el art. 27 de la ley de 25 de junio, y arts. 16 y 25 de su reglamento de 30 de julio de 1856. Es necesario que la escritura sea otorgada por el escribano público o por el funcionario judicial que haga sus veces. Asimismo, pide que la escritura esté en los términos que aquí expresa, incluidos los expuestos en carta del 29 de abril [véase núm. 605]. Recomienda encarecidamente que se inserte el avalúo de los terrenos y las fuentes termales adjudicados, así como la mensura que de ellos hicieron los peritos. Por último comunica haber escrito al prefecto y a su secretario, para que pasen el expediente original a Contreras, a fin de que éste extienda la escritura. |