Ignacio Durán

1335 / Ms. 1251 / 1877-11-29 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: VEGA, Sóstenes
Queda enterado de que está preso, por lo que de inmediato escribirá al juez de 1ª instancia de Ixmiquilpan, Lic. Ángel García de la Peña. Adjunta dicha carta para que la entregue al juez. Incluye otra carta dirigida al gobernador del estado de Hidalgo [Rafael Cravioto], para que interponga sus respetos a fin de que sea juzgado por la autoridad competente. En virtud de que se halla inhabilitado para ejercer la abogacía, por desempeñarse como magistrado, recomienda a Vega ser patrocinado por alguno de los siguientes abogados, todos residentes en Pachuca: José María Vergara Lope, Miguel Mejía, Francisco de Paula Arciniega e [Ignacio] Durán.

3371 / Ms. 1255 / 1881-06-25 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: TORRES TORIJA, Eduardo
Son fundadas las observaciones de Torres Torija en contra de las salidas nocturnas del jefe de los monederos falsos [Silviano Gómez] y en contra de los pretendidos insultos de éste al Gral. [Rafael] Cravioto. Aprueba su resolución de permanecer en el puesto hasta concluir el sumario contra los monederos falsos y sus cómplices. Avisa que [José María] Vergara Lope dejó de ser 1er. suplente del Juzgado de distrito de Hidalgo; [Ignacio] Durán es sin duda alguna el 1er. suplente.

3895 / Ms.1257 / 1881-10-05 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: LIRA, Ignacio
Queda impuesto que al no haber 2°. magistrado del Tribunal de Circuito de Durango, sustituirá al licenciado Francisco Uranga, magistrado 1° suplente, durante la licencia de éste.

4105 / Ms.1257 / 1881-11-26 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: PACHECO , Carlos
Enrique y Luis Híjar y Haro solicitan dos lugares de gracia en la Escuela de Agricultura, quienes le fueron recomendados por el gobernador del estado de Hidalgo [Simón Cravioto], por José de Landero y Cos, Ignacio Durán y Benito Gómez Farías. Conforme al decreto últimamente aprobado por el Poder Legislativo, la escuela mencionada dependerá de la Secretaría [de Fomento] a su cargo y por ello pide que conceda las becas, cuando haya vacantes.

4228 / Ms. 1257 / 1881-12-30 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: LIRA, Ignacio
Siente mucho que no haya una beca vacante con qué agraciar a su hijo Pedro I. Lira, para que emprenda la carrera de Medicina. Tal vez más adelante le será posible prestar la protección que solicita.