Injuria

841 / Ms. 1249 / 1876-04-21 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES REBOLLAR, Agustín  Para: MEJÍA, Francisco
Transcripción de la carta de Agustín Montes dirigida al ministro de Hacienda, Francisco Mejía. Intenta disculparse por lo acontecido en el café El Progreso, en agosto de 1875. Expresa que su conducta no fue con la intención de injuriar a Mejía "ya que una causa, que no necesito mencionar, produjo en ambos un acto primo, que no pudimos reprimir". Esta disculpa tiene la finalidad de que Mejía retire la orden de detención en su contra girada a la policía de la ciudad. Nota: La carta fue devuelta por Francisco Mejía, pues pretendió que las palabras "ambos" y "pudimos" se sustiyeran por "mi" y "pude", sugerencia que Agustín no aceptó, por lo que pidió a su padrino, el senador Nicolás Lemus, retirar la carta.

853 / Ms. 1249 / 0000-00-00 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: MONTES LEDESMA, Ezequiel
Pide a Agustín Montes despedirse de su compadre [el senador Nicolás Lemus] y le agradezca los favores que le dispensó [en el juicio por la injuria al ministro de Hacienda Francisco Mejía]. Lo espera en casa a las 12, porque tiene que hablar con él.

1683 / Ms. 1252 / 1878-07-19 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: VALLARTA, Ignacio Luis
La escena presenciada en el Tribunal pleno el 18 de julio, no le permite volver a la Corte sino cuando se reparen las injurias que sin fundamento le infirió "la vieja verdulera" [Ignacio Ramírez]. Solicita a Vallarta que, usando de la facultad concedida por la fracción IV. del art. II, cap. III del reglamento de 29 de julio de 1862, le conceda una licencia por ocho días. Los espectáculos en el Tribunal pleno, en las audiencias del 17 y 18 de julio, prueban que el reglamento mencionado es incompleto, y pregunta: "¿Cuáles son las facultades del presidente para reprimir momentáneamente a un magistrado ligero, furioso o ebrio, que insulte atrozmente a alguno o algunos de sus colegas?"; tal situación no está prevista en el reglamento. Aconseja que nombre una comisión de tres magistrados para que del reglamento de 13 de mayo de 1826 y del de 29 de julio de 1862 se forme uno solo, incluyendo en él los casos omitidos en ambos; aprobado por la Corte, el reglamento debe someterse a la aprobación del Congreso. Añade: "Crea V. amigo mío, que me ha costado inmenso trabajo contener mi indignación y no castigar allí mismo la insolencia del viejo villano, que tan injustamente me ha ofendido; bendigo al Cielo por haber podido más en mí el justo respeto que debo a la Suprema Corte de Justicia, que el vehemente deseo de castigar las ofensas atroces que he sufrido".