Ley de desamortización

3690 / Ms. 1256 / 1881-08-23 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: BAZÁN Y CARAVANTES, Agustín de
No se le ha dado cuenta del expediente al que Caravantes se refiere en carta del 30 de julio y seguramente no se le dará cuenta, porque de acuerdo con la ley de desamortización del 25 de junio de 1856 y sus concordantes posteriores, compete al Ministerio de Hacienda conocer esa clase de asuntos y los relativos a los bienes pertenecientes a la instrucción pública en el Distrito Federal.