Martín García y Compañía

4631 / Ms. 1258 / 1882-07-21 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: OBREGÓN, Guillermo
Agradece los puros que le envía de obsequio y que recibe porque conforme al juicio de [Domicio] Ulpiano: "El procónsul no se abstendrá del todo con mal humor de recibir regalos ni avaramente excederá su medida". Los emperadores Severo y Antonino advirtieron al respecto: "En cuanto a los regalos, oye lo que sentimos". "Es un proverbio antiguo, ni todos, ni en cualquier tiempo, ni de todos; porque es muy inhumano no recibirlos de nadie; es vilisimo recibirlos a cada paso y avarisimo recibirlos todos". Debido a la amabilidad de Obregón y a que nada espera ni teme de él, lo hacen adoptar la doctrina del jurisconsulto Ulpiano. Pide que lea el párrafo 3º de la ley 6ª del digesto [seu pandectarum, titulado] "De officio proconsulis et legati" (1,16). Le encarga dos cajitas de puros de la fábrica "La flor de México, Sandalio Suárez. San Andrés Tuxtla. Depositarios Martín García y Cía. Veracruz". Agradece lo que le manifiesta relativo a su elección como diputado y al servicio que considera va a prestar a la nación, a lo que objeta lo que Horacio decía de la cortesana Lyce [Odes, liber IV, canto XIII, vers. 25-28]: "¿Que era una tea convertida en cenizas? ¿Puedo yo ser otra cosa a los 62 años de mi vida y a los 11 de estar enfermo del estómago? Todas las cosas -dice Salomón- tienen su tiempo y ya pasó el mio de prestar importantes servicios a mi patria".