Revolución de Tuxtepec

3001 / Ms. 1255 / 1881-04-18 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: AZTIAZARÁN, Joaquín María
No es posible la restitución del Juzgado de Distrito de Sonora a su hermano, porque de conformidad con el art. 3º del Plan de Tuxtepec, reformado en Palo Blanco, se desconoce a Sebastián Lerdo de Tejada como presidente y a todos los funcionarios y empleados nombrados por él. Respecto a la vacante del jefe de Hacienda en ese estado que desea ocupar, responde que hará lo que pueda para ayudarlo.

3002 / Ms. 1255 / 1881-04-18 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: AZTIAZARÁN, Fernando María
No le es posible aconsejar al presidente [Manuel González] que restituya a Aztiazarán en el Juzgado de distrito de Sonora del que fue removido en 1876, porque no se lo permite el art. 3º del Plan de Tuxtepec, el art. 47 de la ley del 23 de noviembre de 1855, el art. 85, fracc. 2ª de la Constitución y otras consideraciones legales que detalla. Manifiesta que fue removido de la judicatura porque el gobierno que funcionaba a finales de 1876 era revolucionario; el gobierno que preside el Gral. González es constitucional y por consiguiente sólo puede hacer lo que le permiten la Constitución y las leyes.

3412 / Ms. 1255 / 1881-07-03 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: LÓPEZ DE ESCALERA, José María
Profesa hoy la misma opinión que en 1877: el gobierno provisional de Tuxtepec no tuvo derecho a removerlo de la Promotoría Fiscal del Juzgado de distrito de Veracruz, pues no debía su nombramiento a [Sebastián] Lerdo de Tejada y porque no era servidor de éste sino de la nación. Si Montes hubiese asistido a la audiencia de la Suprema Corte cuando se trató este asunto, lo habría amparado. Después vino el decreto de 1º de junio de 1878 y desde entonces, López no tuvo ni tiene derecho a dicha promotoría, porque tal derecho es incompatible con la libertad absoluta conferida al presidente por ese decreto para remover a los promotores fiscales. Para pedir al presidente [Manuel González] que lo empleara en el servicio de la justicia federal, fue necesario investigar sus antecendentes y éstos no fueron satisfactorios. No le gustan los engaños, y aunque a López le choque su franqueza, prefiere decirle la verdad a que alimente esperanzas a cuya realización no está dispuesto a contribuir.

3421 / Ms. 1255 / 1881-07-04 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: BAUTISTA, José María
Dio cuenta al presidente [Manuel González] de su solicitud para que se le pague el mes de sueldo que se le debe como magistrado y 390 pesos 5 centavos que suplió a la revolución de Tuxtepec. No consiguió el mencionado pago porque el presidente teme que falte dinero para pagar los sueldos corrientes; sin embargo, espera que haya un sobrante para el pago de alcances.