Tamazunchale

3607 / Ms. 1256 / 1881-08-09 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: CABRERA, José L.
Recibió la carta del 26 de julio, en la que informa que recibió el título de abogado en San Luis Potosí en enero de 1878 y solicita el nombramiento de juez propietario del distrito de San Luis Potosí. Siente mucho no obsequiar su solicitud, pues la provisión de vacantes que dejan los jueces de distrito no depende exclusivamente del ministro de Justicia, sino que esos nombramientos los concede el presidente de la República a uno de los que figuran en la terna propuesta por la Suprema Corte.

3683 / Ms. 1256 / 1881-08-22 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: CABRERA, José L.
Reitera que la concesión de empleos federales no depende exclusivamente de él, pues la ley manda que el presidente de la República haga los nombramientos a propuesta de la Suprema Corte. En consecuencia, debe convencerse que nada puede hacer respecto a sus pretensiones de ser nombrado juez de distrito de San Luis Potosí. En relación a su otra petición, comunica no haber ninguna vacante en el Ministerio [de Justicia] ni en sus dependencias. Lo felicita por su desempeño como síndico del Ayuntamiento [de Tamazunchale] y como presidente de la Junta de instrucción primaria.

3748 / Ms. 1256 / 1881-09-04 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: CABRERA, José L.
En contestación a su carta del 25 de agosto, da a conocer que por ahora no hay empleo en qué colocarlo.

3996 / Ms.1257 / 1881-10-28 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: VEGA, Sixto
Expresa beneplácito porque Vega regresó a Tamazunchale y se hizo cargo nuevamente del Juzgado de 1ª instancia. Su salud sigue con alternativas; sin embargo, cumple con las obligaciones impuestas por el cargo de ministro [de Justicia].

4082 / Ms.1257 / 1881-11-17 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: VEGA, Sixto
El presidente [Manuel González] quedó impuesto de su carta del 27 de octubre, en que informa los sucesos relativos a la rebelión de indígenas. El Ministerio de Fomento, competente en el caso, dictará las medidas necesarias para solucionar la situación.