Remate

370 / Ms. 1248 / 1874-12-09 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: OCAMPO, Adrián
Recibió su carta del 4 de diciembre, así como las tres libranzas siguientes: de 24 de octubre por valor de 200 pesos a 10 días vista y a cargo de Benjamín Barton; de 3 de noviembre por valor de 50 pesos a ocho días vista y a cargo de Amadeo Baume; y de 24 de noviembre pagadera en 22 de diciembre, por valor de 94 pesos y a cargo del mismo Baume, sumando todas 344 pesos. Recibió también dos cargas de naranja y 11 piezas de chicharrón de matanza; enviará a Manuel Castilla y Portugal la parte que le corresponde. La libranza de 400 pesos fue pagada por Ocaranza. Informa que [Fernando] Basurto y [José María] Trejo se desistieron del juicio de amparo que entablaron contra el remate de la hacienda La Nopalera. Se pidió, ante el Juzgado 3º del ramo civil, la continuación de los procedimientos del juicio ejecutivo promovido por Zires contra Trejo, por lo que pronto terminará este negocio.

387 / Ms. 1248 / 1874-12-20 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: MARTÍNEZ DE CASTRO, Antonio
Pide su consejo en jurisprudencia fiscal para resolver el caso del remate de las salinas de Paramán y Chola en la hacienda de Nancy (sita en las inmediaciones de la villa de Tomatlán Andrés Romero, propietario de dichas Salinas, fue despojado de ellas por el Ejecutivo federal en 1857. Expone detalladamente el caso y cita para fundamentar su parecer, a los emperadores Dioclesano, Maximiano, Valentiano, Valente y Graciano, entre otros. Expone las irregularidades que existieron en el remate de las mencionadas salinas.

388 / Ms. 1248 / 1874-12-20 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: TOVAR, Urbano
Solicita le envíe varios documentos jurídicos relacionados con el remate de las salinas Paramán y Chola, caso que tiene pendiente Andrés Romero con el Ejecutivo federal desde el 26 de marzo de 1857. Debe solicitar dichos documentos al Juzgado de distrito o al Tribunal de Circuito. Encomienda esta petición, porque sin los documentos no puede presentar al Ministerio de Hacienda la exposición que está formando en favor de los derechos de Romero.

391 / Ms. 1248 / 1874-12-22 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: ROMERO, Andrés
Después de saludarlo, menciona que lo llama su amigo, aunque sólo se han visto tres veces, pero que así lo considera por la narración que el propio Romero le hizo del negocio [sobre el remate de las salinas de Paramán y Chola] y por los buenos informes que le dio el general Porfirio Díaz. Concluyó la lectura de los documentos que le entregó el 8 de diciembre de 1874, aunque faltan algunas constancias que ya solicitó a Urbano Tovar. Comenzará a dictar la exposición para presentarla al Ministerio de Hacienda, después de completar los comprobantes faltantes. Remite copia de las cartas que mandó a Tovar el 20 y 21 de diciembre [véanse núms. 388 y 390].

396 / Ms. 1248 / 1874-12-23 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: MARTÍNEZ DE CASTRO, Antonio
Agradece la carta del 23 de diciembre y la buena voluntad con que correspondió a su petición de opinar sobre el caso consultado [remate de las salinas de Paramán y Chola]. Se disculpa por no decir nada sobre el vino de Tequila que le envió, porque todavía no abre la caja.

404 / Ms. 1248 / 1874-12-30 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: ROMO, Rafael
El 15 de diciembre de 1874 la Suprema Corte de Justicia aprobó el auto del juez 2º de distrito que dio por desistidos a Basurto y a Trejo de los juicios de amparo que entablaron contra el remate de La Nopalera. Con ello quedó concluido el negocio, por lo cual expresa su enhorabuena. Es necesario que Romo remita dinero para redimir el gravamen que reporta dicha hacienda, pues Ignacio Esquivel, apoderado de Miguel Zires, necesita su capital. Además debe satisfacer los honorarios de Castilla y Portugal. Solicita entregue una carta adjunta a Guadalupe Z. de Romo.

422 / Ms. 1248 / 1875-01-12 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: ROMO, Rafael
En respuesta a sus cartas de 30 de diciembre y 4 de enero, informa que Castilla y Portugal expresó que concluyeron felizmente los juicios de amparo promovidos por Fernando Basurto y José M. Trejo contra el remate de la hacienda La Nopalera; por lo mismo solicitó el pago de sus honorarios: 1,000 pesos. También comunica que la cantidad que quedó debiendo dicha hacienda a Zires, asciende a 1,552 pesos 66 centavos según la escritura pública de compraventa. Obsequiando los deseos de Romo, manifestó a Ignacio Esquivel, apoderado de Zires, que está dispuesto a redimir dicho capital antes de su vencimiento. Por lo tanto, Romo debe remitir dicha cantidad con los honorarios de Castilla. Expresa beneplácito al saber que la Mina Las Azulitas rinde buenos frutos.

432 / Ms. 1248 / 1875-01-23 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: CASTAÑOS, José M[arí]a
Agradece la carta de recomendación que escribió a Barcárcel, sobre el litigio de Andrés Romero [relativo al remate de las salinas de Paramán y Chola]. Solicita entregue en persona una carta adjunta al mencionado Romero en caso de que éste se encuentre en Guadalajara; o que la remita si se halla en la hacienda de Nancy.

545 / Ms. 1248 / 1875-04-05 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: ROMO, Rafael
Recibo por 400 pesos que Rafael Romo pagó a Ezequiel Montes, a cuenta de honorarios devengados en el negocio que sobre remate de la hacienda La Nopalera, siguió en el Juzgado 3º del ramo civil de México, como apoderado y patrono de Romo.

546 / Ms. 1248 / 1875-04-05 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: ROMO, Rafael
Comunica que José Vega, primo de Montes, irá por el dinero del que ya hablaron [honorarios devengados en el negocio sobre remate de la hacienda La Nopalera]. El mismo Vega entregará a Romo el recibo correspondiente [véase núm. 545].

689 / Ms. 1248 / 1875-06-09 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: ROMERO, Andrés
Confirma el contenido de la carta que le envió el 14 de febrero [véase núm. 453]. No puede patrocinar su asunto relativo al remate de las salinas de Paramán y Chola, porque como 10º magistrado propietario de la Suprema Corte de Justicia no puede ejercer la abogacía. Remitirá a Manuel Castilla y Portugal los papeles de dichas salinas. Adjunta la carta que envía al mencionado Castilla y Portugal.

2110 / Ms. 1253 / 1880-04-09 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: GÓMEZ, Rafael
Pregunta cuál el resultado de la entrevista que debió tener con Barreiro y del artículo promovido para "que se declare desierta la apelación interpuesta por la testamentaría de la Señora Puente de Morales, de la sentencia de remate pronunciada en nuestro favor".

2478 / Ms. 1254 / 1881-01-03 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: RIVERA, Pablo M[aría]
No era necesario que le hiciera saber que Arteaga procedió por pura amistad cuando solicitó que favoreciera a Rivera, pues sabía que Arteaga siempre habló en nombre propio. Sin embargo, Rivera incurre en varias afirmaciones imprecisas que no puede dejar sin aclarar. Fue a solicitud de una señora de su estima que en la primera quincena de diciembre pidió para Rivera la Jefatura de Hacienda de Puebla, la cual no le fue proveída, pero como tampoco pudo favorecer la solicitud de Arteaga, le propuso que renunciara a su magistratura, la que probablemente no desempañará jamás, y él se empeñaría con el presidente para que Rivera fuese nombrado en su lugar; Arteaga no aceptó. Tampoco puede aceptar su comentario respecto a que fue su tabla de salvación, ya que se manejó con caballerosidad en la causa de Agustín Montes; éstos son absurdos, pues sólo tuvo cinco negocios en el Tribunal Superior, de los que consiguió cuatro ejecutorias a favor de sus clientes y uno dejó pendiente por haber asumido una magistratura. Rivera no tuvo noticia de dos de sus casos: el que seguía Antonio Aranda con Luis Conde sobre nulidad de remate de la casa número 5 del Correo Mayor, y el que siguió Alfonso Labat con Antonio Grasso sobre validez de compra de una casa alta en Tlalpan. Los otros fueron los que siguieron Faustino Chávez con Francisco M. Rosales sobre validez de testamento cerrado de la señorita Güemes y Chávez; el de [Mariana] Puente de Morales con Dolores Rodríguez Arana y Alberto Morales [Rodríguez] sobre sucesión legítima de Manuel Morales Puente, los cuales fueron sentenciados por unanimidad, lo que prueba que él necesitaba de la salvación de Rivera. Entre ambos, Ramírez y Montes, patrocinaron a [Agustina] Guerrero de Flores y a Rafael Ortiz de la Huerta en el juicio que llevaron con Rafael Ávila sobre preferencia de derechos a la adjudicación de la casa número uno de la calle de Vergara, litigio en el cual Rivera no pudo impedir que Ramos votara en contra de su causa y en el que debieron la victoria a la honradez de Robredo y González Angulo. Posteriormente él dio a Rivera el patrocinio de Ortiz de la Huerta, quien pagó decentemente sus honorarios. Respecto a su hijo Agustín, no le debe gratitud alguna. Rivera no debe olvidar que fue él quien lo recomendó ante el ministro de Justicia en 1876 para que fuera nombrado magistrado, lo que le valió cuatro años de una subsistencia honrada y cómoda y de que en cierta ocasión Rivera lo consultó para librarse de la persecución que le hacía la autoridad política de la ciudad de Guadalupe Hidalgo. Es claro quién debe a quién beneficios y quién es el ingrato. Pregunta si es posible que alguien escriba a otra persona cuando desde 1878 no tienen negocio alguno y cuando se rompieron todas las relaciones porque uno de ellos no pudo ser su compadre.

4121 / Ms.1257 / 1881-12-01 [Ver ficha completa][Ver documento]
De: MONTES LEDESMA, Ezequiel  Para: GÓMEZ, Rafael
Al estar en almoneda pública las casas números 2 y 3 de la calle de Manzanares y que debe procederse al remate, puede pedir la adjudicación en las dos terceras partes del avalúo, en caso de que no se presente ningún postor. No hizo ninguna promesa al Sr. Calvo acerca del asunto que Gómez lleva en nombre de Montes; sólo le dijo que debe entenderse con su apoderado. En tal virtud, puede celebrar con quien corresponda el convenio que juzgue conveniente, estando seguro que contará con su aprobación.